Regularizar ¿o no?

Cuando un inmueble se pretende comprar, muchas personas olvidan o desconocen que dentro de los antecedentes a considerar está el Permiso de Edificación, otorgado por el municipio respectivo.

Este Permiso, se otorga antes de construir o ampliar un inmueble, previa presentación de un proyecto de construcción visado y firmado por un profesional del área de la construcción y que es evaluado por la Dirección de Obras Municipales quienes al aprobar, lo hacen mediante dicho documento. Sin embargo, son muchas las personas que no lo hacen así y se ponen manos a la obra e invierten recursos económicos en mejorar sus propiedades sin permiso..., hasta que un día quieren vender.

Cuando alguien compra en efectivo y sin asesoría, puede que este permiso no sea ni requerido por nadie, ni entregado por el vendedor. El nuevo propietario heredará la situación de "irregularidad" hasta que algún día él, o sus herederos, quieran vender o cuando algún inspector municipal, visite la propiedad para señalar que incumple con la Ley.

En la mayoría de las compra-venta inmobiliarias, es decir, las financiadas, en parte importante del total de la transacción, por un Banco, este detalle deja de serlo y queda en evidencia cuando interviene el Tasador que envía el Banco, a valuar la propiedad, para definir el monto máximo de crédito que entregará al eventual comprador. 

El Banco no financiará la compra si la propiedad está construida o ampliada de forma ilegal.

Se deberá entonces, por parte del propietario, contratar los servicios de una oficina de arquitectura que regularice dicha situación. Deberá desembolsar recursos económicos y llevará tiempo, varios meses, para obtener una respuesta que pudiera incluso indicar que la solución es demoler total o parcialmente lo construido al margen de la Ley.

Por parte del comprador, este, ya siguió su camino y está viviendo en su nueva casa.

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